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viernes, 14 de septiembre de 2012

ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS 006



ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS 006

ESTUDIO PREVIO PARA LA MODALIDAD DE SELECCIÓN – INFERIOR A 20 SMMLV-- PARA MANTENIMIENTO(REPARACIONES LOCATIVAS) DE ALGUNAS ESCUELAS DEL CEAR LA CABAÑA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PABLO VI VEREDA VILLA NUEVA–VIGENCIA  2012.

De conformidad con lo previsto en la ley  80 de 1993, ley 715 de 2001 y decreto 2474 de 2008 y demás normas reglamentarias, se presenta el presente estudio previo para respaldar la obligación contractual que pretende realizar la entidad detallada así:

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD

Que el Cear la Cabaña Vereda Villa Nueva y algunas de sus Sedes requieren de Mantenimiento (reparaciones locativas); por lo que se hace necesario el servicio de acuerdo a la disponibilidad de los recursos destinados para ese rubro. Por lo anterior, se presenta los estudios previos requeridos conforme a lo dispuesto en el artículo 25, numeral 7 de la ley 80 de 1993 y el artículo 8 del decreto 2170 del 2002, para adelantar la celebración de la orden requerida, para desarrollar el objetivo.

2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES DEL MISMO Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.

OBJETO A CONTRATAR: MANTENIMIENTO (REPARACIONES LOCATIVAS) DE ALGUNAS ESCUELAS DEL CEAR LA CABAÑA VEREDA VILLA NUEVA DEL MUNICIPIO DE FORTUL ARAUCA

Se hace necesaria el mantenimiento de. De acuerdo a la disponibilidad de los recursos destinados para ese rubro. El Cear cuenta con recursos girados por el sistema general de participación SGP.

Por la naturaleza del objeto, se celebrará un Contrato de prestación de servicio que satisfaga las necesidades. Para determinar los ítems del contrato de prestación de servicios, se ha realizado un estudio que se resume en el siguiente cuadro de especificaciones técnicas.



                            DETALLE                                                       CANTIDAD
reflector  de 250 w incluye fotocelda
1
puntos de luz 110 watts
4
vidrios para ventanas * mts
25
32 mts de cielo Razo en yeso prensado y pintura
32
Un punto eléctrico 220
1
      
3. LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE LA SELECCIÓN.

La ley 715 de diciembre de 2001 reglamenta por decreto 4791 del 19 de diciembre de 2008 y el manual de contratación que la selección para cuantías inferiores a los 20 SMMLV se realizará contratación de mínima cuantía y se seleccionará la oferta más favorable por calidad y precio.

4. ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTE EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.

Dentro del presupuesto de gastos de funcionamiento de la Institución educativa existe apropiación suficiente y libre de afectación para atender este compromiso, por el valor total de CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS MCT (5.299.984.oo). De recursos girados por el Ministerio SGP, que será tomado del presupuesto de gastos de funcionamiento del rubro 03210701 que se denomina MANTENIMIENTOS.

5. LA JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE.

El monto de contratación es fundamento para proceder a realizar el proceso de contratación en la modalidad de selección directa menor a 20 SMMLV por mejor oferta de precios, se tendrá en cuenta la que mejor precio y calidad ofrezca.


De acuerdo a las necesidades presentadas por la administración, pagaduría y docentes directivos, se requieren el siguiente ítem.

                        DETALLE                                                                 CANTIDAD
Reflector  de 250 w incluye fotocelda
1
puntos de luz 110 watts
4
vidrios para ventanas * mts
25
32 mts de cielo Razo en yeso prensado y pintura
32
Un punto eléctrico 220
1
   
6. FORMA DE PAGO  Y EL SOPORTE QUE PERMITA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.

Dicha contratación requerida tendrá un valor total de CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS MCT (5.299.984.oo).Que el Cear la Cabaña Vereda Villa Nueva  de Fortul pagará así: contra entrega  para finalizar la vigencia y se realice el recibido a satisfacción, y suscripción del acta de liquidación y su correspondiente aprobación por parte del Director.

Es exclusivo del contratista el hecho de prever ciertos riesgos tales como constitutivos del caso fortuito o de fuerza mayor.

Fortul, 14  de Septiembre de 2012.



ORIGINAL FIRMADO
Lic. NIXON ACEVEDO JAIMEZ
                                                                               Director